MODELO DE GESTIÓN CATASTRAL
La Administración Territorial de más de ciento cuarenta y dos mil predios identificados dentro del Municipio de La Paz pudo lograrse a partir de un modelo de gestión catastral dinámico y acorde a las tecnologías de información.
Desde la asignación de la competencia del Catastro Urbano al nivel Municipal, el Municipio de La Paz, en uso de sus atribuciones, implementó un Sistema de Catastro propio, el cual cuenta con las condiciones informáticas necesarias para la administración de los tres componentes del catastro físico, jurídico y económico, adecuado a la realidad paceña.
A la par del complemento informático que facilitó el registro de los bienes inmuebles, la identificación de sus propietarios y la definición de un valor catastral obtenido de los modelos de valoración establecidos por Normativa Nacional, fue necesario generar una Normativa municipal que legisle y reglamente el Catastro.
En ese contexto, se aprobó la Ley Municipal Autonómica N° 058/2013 reglamentada por el Decreto Municipal N° 015/2014, con el objeto de lograr la correcta identificación física, jurídica, fiscal, tributaria y económica de los bienes inmuebles públicos y/o privados situados en la jurisdicción del Municipio de La Paz.
El modelo es multipropósito pero también es multidisciplinario, ya que en él intervienen profesionales de diversas áreas especializados en temas catastrales; en la parte jurídica participan profesionales del área legal, que así como brindan el asesoramiento legal, generan la normativa municipal concerniente a temas catastrales; la parte técnica se conforma entre Arquitectos, Ingenieros y Topógrafos, profesionales directamente relacionados con el registro y valoración material de los bienes inmuebles, todos dependientes de una Jefatura de Unidad, Dirección y Secretaría Municipal.
En el modelo de gestión de catastro es de gran importancia la atención al público en las Plataformas Integrales de Atención al Ciudadano (PIAC) y la Plataforma desconcentrada de Servicio Municipal de Administración Territorial (SERMAT). En la primera línea conformada por gestores de plataforma que reciben las solicitudes y entregan los resultados de catastro y otros servicios, se atiende consultas y se orienta al ciudadano.
Con el fin de facilitar la accesibilidad y reducir los tiempos de atención al ciudadano, se implementó la Plataforma de Gobierno Electrónico Innovador denominada “I-GOB24/7”, aprobada mediante Resolución Ejecutiva N°448/2016, a la cual se tiene acceso las 24 horas del día.
La Unidad de Catastro, componente principal del Modelo de Gestión.
La Unidad de Catastro es la instancia encargada de administrar y regular la gestión catastral del Municipio a través de la actualización de los registros y la emisión de las Certificaciones de Registro Catastral de la propiedad de inmuebles públicos y privados en el territorio del Municipio de La Paz.
Los servicios que esta unidad presta a la ciudadanía son los siguientes:
1. Nuevo Certificado de Registro Catastral que puede realizarse a través de las siguientes modalidades:
2. Duplicado de Certificado de Registro Catastral.
3. Actualización de Certificado de Registro Catastral. En casos establecidos y que no requieran de la modificación de límites del inmueble o de la construcción, se puede realizar de manera directa en cualquiera de las Plataformas de Atención.
4. Informes Catastrales.
Junto a la Ley Municipal Autonómica N° 058/2013 de Catastro y su Decreto Municipal Reglamentario N° 015/2014, se encuentran vigentes las Directrices Operativas para el Registro Catastral y Otorgación de Certificados Catastrales, aprobadas mediante Resolución Ejecutiva N° 342/2012 de 23 de octubre de 2012, que rigen el procesamiento interno y la otorgación de Certificados de Registro Catastral.
Para un registro catastral eficiente, se precisa levantar información física de la situación actual del inmueble, considerando el lote y las construcciones en él existentes, además de la información referida al derecho propietario. Para tal efecto, se utiliza la denominada “Ficha Catastral” que para uso interno y exclusivo del GAMLP se denomina “FORMULARIO ÚNICO DE REGISTRO CATASTRAL”, en el cual un profesional externo contratado por el ciudadano consigna la información técnica y legal del inmueble objeto de registro, dentro del procedimiento que culminará con la otorgación del Certificado Catastral.
Servicios de la Unidad de Catastro.
El Registro Catastral nuevo, en caso que el ciudadano no cuente con uno posterior al 23 de octubre de 2012, puede ser obtenido en las siguientes modalidades:
1. Registro Catastral a solicitud directa, requerido por el ciudadano ante el GAMLP para la obtención del Certificado de Registro Catastral mediante el Servicio Municipal de Catastro. El relevamiento de la información se lo realiza directamente en la Unidad de Catastro en coordinación con la Unidad de Análisis Topográfico y Geodésico, esta última encargada de realizar el levantamiento topográfico georreferenciado.
SERVICIO MUNICIPAL DE CATASTRO
Gráfico 1. Estructura Servicio Municipal de Catastro.
2. Registro Catastral mediante profesional externo. El ciudadano recurre a un profesional externo para el llenado del Formulario Único de Registro Catastral y su posterior presentación en las Plataformas de Atención del GAMLP. El Formulario Único de Registro Catastral y los requisitos son revisados por técnicos de la Unidad de Catastro para la correspondiente emisión del Certificado de Registro Catastral.
3. Registro Catastral Masivo de Oficio, realizado por el GAMLP de dos formas: sobre una colectividad de inmuebles ubicados en una zona y sobre la totalidad de inmuebles dentro del área urbana y suburbana del Municipio de La Paz. En esta modalidad está previsto el registro de todos los inmuebles enmarcados dentro de una nueva planimetría de manera gratuita.
4. Registro Catastral Masivo de Oficio y Habilitación Municipal para la Otorgación del Plano de Bien Inmueble. En el mismo concepto de la modalidad anterior, este registro se realiza a una colectividad de por lo menos 10 inmuebles dentro de una zona o sector que sean considerados como vivienda social o familiar y puede ser solicitado por una junta vecinal o agrupación ciudadana, con la diferencia que en este proceso, además del Certificado de Registro Catastral, se otorga el Plano de Bien Inmueble, documento que corresponde a aquellas construcciones consideradas como vivienda social o familiar, cuya emisión es gratuita en el caso de cumplir con los parámetros de construcción definidos en la Ley de Uso de Suelos Urbanos (LUSU).
La actualización del Registro Catastral es un trámite para inmuebles que cuentan con un Registro Catastral emitido luego del del 23 de octubre de 2012, cuya tramitación puede realizarse en cualquiera de las formas descritas anteriormente, o en el caso de que sólo se requiera la actualización de datos legales (cambio de nombre, inscripción de superficie y/u otros) o técnicos (número de puerta, orden de vías, leyendas en el certificado y otros que no modifiquen las superficies consignadas), de manera directa en plataforma.
El Duplicado de Certificado de Registro Catastral puede tramitarse de dos formas:
El Informe Catastral se otorga a todos los administrados que requieran información de los inmuebles sobre los cuales acrediten derecho propietario. En la mayoría de los casos, para dar respuesta a las solicitudes de informe catastral, se requiere la coordinación con otras instancias del GAMLP.
Plano de zonas homogéneas y Zonas de valor.
La Unidad de Catastro elabora, actualiza y mantiene anualmente el Plano de Zonas Homogéneas y Zonas de Valor con las que se realiza el cálculo del valor catastral dentro del área urbana del Municipio de La Paz, el cual se encuentra desarrollado en el Sistema de Información Territorial SITv2.
Dirección de Administración Territorial y Catastral, 2019.
Fotografía: Zona Central, Dirección de Administración Territorial y Catastral, Vehículo Aéreo No Tripulado (VANT), 2018.